Hay casos que explican mejor que cualquier discurso el funcionamiento de nuestras instituciones. No sólo por lo que hicieron las personas investigadas, sino por lo que dejan de hacer las autoridades responsables de revisar, esclarecer y sancionar.
El caso de Elizabeth Castro Cárdenas, conocida públicamente como Eli Castro, es uno de ellos.
Durante 2025 fue contratada como asesora técnica de la Dirección General del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, el SIAPA. Percibía más de 73 mil pesos mensuales, uno de los salarios más altos del organismo.
La contratación generó cuestionamientos porque no habría acreditado el perfil profesional requerido y porque ella misma reconoció públicamente que, aunque aparecía en la nómina del SIAPA, no trabajaba físicamente en ese organismo, pues supuestamente estaba comisionada en otra dependencia.
El Órgano Interno de Control del SIAPA investigó el caso y señaló probables faltas graves relacionadas con la contratación. Las observaciones no alcanzaron solamente a Castro. También involucraron al entonces director general, al director de Administración y al responsable de Recursos Humanos.
Es importante decirlo correctamente: hasta ahora estamos hablando de probables responsabilidades, no de una sentencia. La presunción de inocencia y el derecho de defensa deben respetarse, incluso en asuntos que provocan una justificada indignación social.
Pero respetar el debido proceso no significa aceptar que el expediente duerma indefinidamente.
La vía administrativa debe ser resuelta por el Tribunal de Justicia Administrativa. La posible comisión de delitos debe ser investigada por la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. Son procedimientos distintos y autónomos.
También debe corregirse una confusión frecuente: el Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco no forma parte ni depende del Poder Judicial. Es un organismo constitucional autónomo. Por eso, la falta de resultados no puede atribuirse a una supuesta subordinación institucional que jurídicamente no existe.
Lo que sí existe es una demora que las autoridades deben explicar.
Mientras esos procedimientos siguen sin una resolución pública, documentos consultados por NTR Guadalajara indican que Eli Castro reactivó sus aportaciones ante el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco.
El medio reportó que tenía una antigüedad registrada de 29 años y tres meses y que el 30 de junio de 2026 pagó 97 mil 308.86 pesos en aportaciones voluntarias para poner al corriente su cuenta. Según el mismo expediente, podría acceder a una jubilación cercana a 72 mil pesos mensuales.
No significa que la pensión ya haya sido concedida. Tampoco puede afirmarse, sin una resolución, que las aportaciones sean ilegales.
El problema es otro.
El sistema que permite alcanzar la jubilación parece estar avanzando con mayor rapidez que el sistema encargado de resolver si su contratación fue regular, si realizó las funciones por las que recibió recursos públicos y si alguien incurrió en responsabilidad administrativa o penal.
No corresponde condenar a ninguna persona desde una publicación. Pero tampoco corresponde permitir que la lentitud institucional convierta una investigación en simple archivo histórico.
El IPEJAL debe explicar públicamente la antigüedad reconocida, el régimen aplicable, la base salarial utilizada y el eventual cálculo de la pensión. El Tribunal de Justicia Administrativa debe informar, dentro de los límites legales del procedimiento, en qué etapa se encuentra el expediente. La Fiscalía Anticorrupción debe aclarar si existe una carpeta de investigación y cuáles son sus avances jurídicamente publicables.
También el Congreso del Estado puede exigir información y llamar a cuentas a quienes dirigen esas instituciones. Los legisladores no pueden resolver el expediente ni ordenar una sanción, pero sí pueden ejercer vigilancia política y presupuestaria.
Este asunto no debe convertirse en una persecución personal. Debe convertirse en una prueba institucional.
Si la contratación fue legal y el trabajo fue realizado, las autoridades deben documentarlo.
Si hubo irregularidades administrativas, el Tribunal debe resolverlas.
Si existen hechos posiblemente delictivos, la Fiscalía debe investigarlos.
Y si la jubilación reúne todos los requisitos, el IPEJAL debe demostrarlo con documentos y no solamente con silencio.
Porque la justicia no consiste en anunciar investigaciones. Consiste en terminarlas.


